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NOVEDADES EN EL IMPUESTO DE LA PLUSVALÍA

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional anula parcialmente el Impuesto municipal sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos (IIVTNU) ya que vulnera parcialmente el principio constitucional de capacidad económica (art. 31 CE).

En los años 2017 y 2019 el Tribunal Constitucional se pronunció sobre la plusvalía para que el legislador adecuara la imposición del impuesto al principio constitucional de capacidad económica. Recientemente, en concreto el 26 de octubre de 2021, ha vuelto a pronunciarse declarando el impuesto parcialmente nulo.

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¿QUÉ ES LA PLUSVALÍA Y CUÁNDO LA DEBO PAGAR?

La Plusvalía o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un impuesto municipal que debemos pagar como consecuencia del incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que ha sufrido nuestro terreno durante el tiempo que ha sido nuestra.

Este incremento de valor se pone de manifiesto en el momento que vendemos un inmueble, o la heredamos, entre otros supuestos de trasmisión de la propiedad, y por tanto, en ese momento nace la obligación de liquidar el impuesto.

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